ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2023-000083
PARTE ACTORA: Ciudadano, RAFAEL GARCIA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 10.325.791.
APODERADO JUDICIAL: Abogado ARNELSA RAVELO, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 101.343.
PARTE DEMANDADA: WELL SERVICES CAVALLINO, C.A.
APODERADOS JUDICIALES: Abogados OSCAR PADRA, inscrito en el Inpreabogado bajo los nro: 100.325

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES YOTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy 22 de marzo de 2023, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar EL INICIO de la audiencia Preliminar, comparecieron la abogado ARNELSA RAVELO, en su carácter de apoderada judicial del accionante. También compareció el abogado OSCAR PADRA, apoderado judicial de la parte demandada, quien presentó poder original y copia para su certificación. Por una parte, la parte el accionante solicita que le cancelen todas las indemnizaciones que les corresponden por concepto PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, en la cantidad de $. 3.297,10 por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, la empresa conviene en la demanda y ofrece pagar el total de la misma por la $. 1.886,00 pagaderos para el día de 12-04-2023. La apoderada judicial del accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados y recibe en sus manos de manera satisfactoria. Todas las partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO