República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín 08 de Febrero de 2024
212º y 163º
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en la presente solicitud intervienen como partes las siguientes personas:


SOLICITANTES: WILMER ENRIQUE LISBOA MONTEROLA y ADRIANA DEL VALLE CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nº V-9.990.902 y Nº V- 11.773.237 y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: YICEL BERENICE ROJAS TOVAR, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 180.718, y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO ART 8
Expediente N° 17.808
UNICO

Vista la Solicitud recibida por Distribución en fecha 26 de Enero del año 2024, realizada por los ciudadanos WILMER ENRIQUE LISBOA MONTEROLA y ADRIANA DEL VALLE CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nº V-9.990.902 y Nº V- 11.773.237 y de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada YICEL BERENICE ROJAS TOVAR inscrita en el IPSA bajo el N° 180.718. Ahora bien éste Tribunal previo a su pronunciamiento sobre su admisión o no, dicto auto de fecha 29 de Enero de 2024 se le dio entrada y se insto a la partes interesada a que CONSIGNE ACTA DE MATRIMONIO ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA , ellos dentro de un lapso perentorio de cinco (05) días de despacho. Este Tribunal estima que lo solicitado en el despacho saneador es fundamental a los fines de tramitar la presente solicitud, no habiendo las partes interesadas consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este juzgado que inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-

Por todos lo antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO, intentada por los Ciudadanos WILMER ENRIQUE LISBOA MONTEROLA y ADRIANA DEL VALLE CEDEÑO venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nº V-9.990.902 y Nº V- 11.773.237 y de este domicilio. Así decide.-
Publíquese en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la página www.monagas.scc.org.ve. Regístrese y déjese copia de la presente sentencia en los copiadores llevados ante este tribunal.
Dado firmado y sellado en la sala de despacho de este Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas a 8 días del mes de Febrero del año 2024.- Años 212° de la independencia y 163° de la Federación.-

LA JUEZ

MAGLENIS RUIZ MERCHAN.
LA SECRETARIA

MARIA ALEJANDRA GUZMAN.


En la misma fecha, siendo las 10:00 a.m. se publicó la anterior Sentencia Definitiva. Conste.-
LA SECRETARIA

MARIA ALEJANDRA GUZMAN.

MRM/MAG/GAPM
EXP- 17.808