REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
MATURÍN, 08 DE MARZO DE 2024
213º Y 164º
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en la presente solicitud intervienen como partes las siguientes personas:

PARTE DEMANDANTE: LUIS HERNANDEZ SUNIAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-2.400.026 y de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE: SORAYA EROIDA GOLINDANO ORTIZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Numero 39.718 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: YANETT DEL VALLE CHAURAN JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.378.789 y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO
EXPEDIENTE N°: 17.819

UNICO

Vista la Solicitud recibida por Distribución en fecha 27 de Febrero 2024 realizada por el ciudadano LUIS HERNANDEZ SUNIAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-2.400.026 y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio SORAYA EROIDA GOLINDANO ORTIZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Numero 39.718 y de este domicilio, contra la ciudadana YANETT DEL VALLE CHAURAN JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.378.789 y de este domicilio.
Ahora bien este Tribunal previo a su pronunciamiento sobre su admisión o no, dicto auto de fecha 28 de Febrero de 2024 se le dio entrada y se insto a la parte accionante a que CONSIGNE FOTOCOPIA DE CEDULA DE LA DEMANDADA, ellos dentro de un lapso perentorio de Diez (05) días de despacho. Este Tribunal estima que lo solicitado en el despacho saneador es fundamental a los fines de tramitar la presente solicitud, no habiendo la parte interesada consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este juzgado que inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-

Por todos lo antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la acción de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por el ciudadano LUIS HERNANDEZ SUNIAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-2.400.026 y de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en Ejercicio SORAYA EROIDA GOLINDANO ORTIZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Numero 39.718 y de este domicilio, contra la ciudadana YANETT DEL VALLE CHAURAN JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.378.789 y de este domicilio. Así decide.-
Publíquese en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la página www.monagas.scc.org.ve. Regístrese y déjese copia de la presente sentencia en los copiadores llevados ante este tribunal.
Dado firmado y sellado en la sala de despacho de este Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas a 08 días del mes de Febrero del año 2024.- Años 213° de la independencia y 164° de la Federación.-

LA JUEZ

MAGLENIS RUIZ
LA SECRETARIA ACC

NOHEMI MUNDARAIN


En la misma fecha, siendo las 10:00 a.m. se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva. Conste.-

LA SECRETARIA ACC

NOHEMI MUNDARAIN

MRM/NM/GAPM
EXP. 17.819