REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, veintitrés (23) de julio del año Dos Mil Veinticinco (2025)
215° y 166°
Visto el DESISTIMIENTO del recurso de apelación de fecha veintidós (22) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025), presentado por el abogadoJOSÉ GREGORIO MORENO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.377, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante. En consecuencia, este Tribunal Superior le imparte su HOMOLOGACIÓN a este acto de auto-composición procesal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena remitir el presente expediente al Tribunal de la Causa. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ,
PEDRO JIMÉNEZ FLORES.
LA SECRETARIA,
YRANIS GARCIA ARAMBULET.
PJF/yg.-
Exp N° 013.263.
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