REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, Veintinueve (29) de Julio de 2025.
215º y 166º

Vista la diligencia cursante al folio 65 de la pieza principal de la presente causa, suscrita por el abogado en ejercicio, MAXIMO BURGUILLOS, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 51.129, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante en el presente juicio por motivo de INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS Y LUCRO CESANTE; en la cual solicita Medida Preventiva de Embargo De Un Bien Mueble (vehículo), propiedad del ciudadano WILLIAM ALBERTO ORTIZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. v- 17.713.125, parte demandada de la presente causa; cuyas características son las siguientes: PLACA: AD5881; SERIAL DE CARROCERIA: 93ZC5980118304464; SERIAL DE MOTOR: 814D43362134D8481; MARCA: IVECO DAILY; MODELO: 5912; AÑO: 2002; COLOR: BLANCO; CLASE: MS; TIPO: CL, USO: TRANSPORTE PUBLICO; SERVICIO: PUBLICO;este Tribunalobserva,que el solicitante señala al folio 14 de la pieza principal en el cual describe el vehículo mencionado, sin embargo no acompaña documento alguno que acredite o haga presumir que el referido vehículo es propiedad de la parte demandada; razones por las cuales este Tribunal NIEGA la medida solicitada; sin que considere opinión alguna sobre el fondo del asunto.-
El Juez Provisorio,


Abg. Gilberto José Cedeño Rivero.

La Secretaria,

Abg. Milagro Palma.




GJCR/MP/mp’
Exp. 17.146