Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, la Privación Judicial Preventiva de libertad al ciudadano NILSON JOSE PIRELA PIRELA, quien es Venezolano, natural de Caja seca, Municipio Sucre Estado Zulia, de 30 años de edad, nació el 23-03-1.975, soltero, de profesión obrero, titular de la cédula de identidad N° 12.452.948, alfabeta, hijo de Víctor Segundo Pírela (d) y de Otilia del Carmen Pírela, residenciado en la vía la Rosario, sector Capiu El Medio, calle vía al río, casa N° 17.529, Caja Seca, Municipio Sucre Estado Zulia, teléfono 0414-4232108, a quien la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público le atribuye en este acto la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NELSON PIRELA PIRELA, y el delito de PORTE ILI.....