Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ya explanados, este Tribunal Primero de Juicio, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta de Oficio por ser Materia de Orden Público la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y en CONSECUENCIA El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA seguida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de estado civil soltero, nacido en fecha  13/02/1994,  natural  de Maturín  hijo de  Enersi Morandi   (V) y de  Luís Velásquez   (v), de ocupación u oficio Estudiante domiciliado CALLE PINTO SALINA, SECTOR LAS VIVIENDAS CASA 19,  CERCA DEL CEMENTERIO, PUNTA DE MATA ESTADO MONAGAS. Teléfono: 0292-9891562, 0424-833.4565, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Articulo 112 de  la Ley para el desarme  y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del Estado Venezolano. Conforme a los artículos  49 or.....