Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR MUERTE DEL REO, a favor del penado, hoy occiso, MARCO TULIO YÁNEZ ORTEGA, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de Nacimiento 09-03-1982, cedula de Identidad N° V-15.749.578, mayor de edad, soltero, de profesión Pescador, hijo de MARCO TULIO YÁNEZ y XIOMARA ORTEGA, y se encontraba residenciado en Altos de Milagro Norte, a dos casas de la iglesia Santa Lucia, casa sin numero, de esta ciudad y municipio Maracaibo, de conformidad con el articulo 103 del Código Penal,. Se ordena pasar la presente causa a Autoridad de Cosa Juzgada y su remisión al Archivo Central en su oportunidad legal. Notifíquese al Fiscal 27 del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, a la defensa, ABG. DIOMEDES FUENMAYOR, a las victimas y a los fam.....