a) Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos JOSE SEGUNDO FERNANDEZ URDANETA y MILAURI EDDI BOHORQUEZ SAMBRANO.
b) En cuanto a la Patria Potestad y Responsabilidad de Crianza de las niñas ROSANGELA PAOLA, AURA CRISTINA y PAOLA CRISTINA FERNANDEZ BOHORQUEZ, será compartida por ambos padres; la custodia será ejercida por la madre. En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, el padre podrá ver y visitar a sus hijas en el hogar periódicamente y también podrá llevarlos consigo y compartir con ellos fines de semana y fechas importantes, tales como sus cumpleaños, navidades y otras ocasiones especiales. La Obligación de Manutención, el padre se compromete a cubrir las necesidades básicas de sus hijas en su más amplia acepción, por tanto pagará una pensión por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) mensuales, a razón de DOS MIL QUINIENTOS (Bs. 2.500,00) quincenales, pagaderos en efectivo los días quince (15) y treinta (.....