Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNNA, resuelve:
• CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana LIDIMAR ROJAS CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.842.646, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, para que en representación legal y en beneficio de los niños y/o niñas SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de seis (06), cuatro (04) y un (01) años de edad respectivamente, reciba en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal, la cuota parte que le corresponde a éste como beneficiario del causante TONI YGNACIO SUAREZ HERNANDEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.852.177, tod.....