Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara Sin Lugar la solicitud del Ministerio Público, y se Declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa, y se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD de los Imputados MANUEL ALEJANDRO COLMENARES COLMENARES, de nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad 17.413.045, Estado Civil soltero, Fecha de Nacimiento 08-08-1986, de 22 años de edad, profesión u oficio Estudiante, hijo de Sandra Colmenares (v), domiciliado en el Sector Haticos II, calle 126J, casa N° 25C-05, frente a la Fundación Maracaibo, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, teléfono N° 0414-6442859 y 0424-6866359 y GERMAN ALBERTO MARRIAGA, de nacionalidad Venezolana, Natural de la Victoria, Estado Aragua, Titular de la Cedula de Identidad 16.012.....