En méritos a las anteriores consideraciones, este Juez del Municipio Colón de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana ESILDA LUZ RUZ VENERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.420.243, domiciliada en el Municipio Colón del Estado Zulia, contra el ciudadano JENNYS RAMON CAMPOS RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.684.618, del mismo domicilio, en representación de su hija ALHANYS SIRA CAMPOS RUZ, en consecuencia PRIMERO: Se Fija las tres décimas partes (3/10) del salario mínimo urbano decretado por el Ejecutivo Nacional, que para la fecha es la cantidad de NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (BS. 96.370,56) mensuales la Obligación Alimentaria para la referida niña, que p.....