Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las cantidades de dinero por concepto de SUELDO O SALARIO que devenga el demandado ciudadano DOUGLAS ALEXANDER GUTIERREZ, antes identificado, como trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A, Petroleo, S.A; SEGUNDO: EL TREINTA POR CIENTO (30%), del BONO VACACIONAL, UTILIDADES o AGUINALDOS para el presente año 2013, que devenga el demandado, antes, identificado, como trabajador al servicio de la Empresa antes mencionada. Se le informa al notificado que una vez se haga efectiva la presente medida, las cantidades de dinero correspondiente al ORDINAL PRIMERO deberán ser entregadas mensual y directamente a la demandada, ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.820.696 y la correspondiente al ORDINAL SEGUNDO, deb.....