Vista la diligencia de fecha cuatro (4) de Marzo de 2009, presentada por la apoderada judicial abogada Olenka Skrzypczak, inpreabogado N° 60.197 en representación de la parte actora ciudadano LUÍS CARRILLO LEÓN, mediante la cual Desiste de la demanda contra PROTER & GAMBLE DE VENEZUELA, C.A. en la presente causa, en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solo de esta demandada sigue el pproceso.