declara:
a) CON LUGAR la demanda de Revisión de Sentencia por Aumento de Pensión, intentada por la ciudadana PERLA ROCIO MUJICA, en contra del ciudadano LUIS FRANCO SAVINI, a favor del adolescente (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad), ya identificados; por cuanto han sido modificados los supuestos en el cual verso dicha sentencia; ya que el monto de la pensión alimentaria fijada en el año 1996, en la actualidad se hace ínfimo a la hora de cubrir todas las necesidades elementales que necesita el adolescente de autos, los cuales han sido tomadas en cuenta y valoradas al momento de calcular la pensión alimentaría.-
b) En consecuencia, para establecer el monto de la pensión alimentaría esta Juez Unipersonal Nº 4, toma en cuenta la capacidad económica del reclamado, FIJA como pensión alimentaría mensual la cantidad equivalente a CINCO OCTAVO (5/8) salario mínimo, es decir, la cantidad obligada a cancelar por el ciudadano LUIS FRANCO SAVIN.....