DISPOSITIVA
Por los fundamentos y las razones anteriormente expuestas y haciendo uso de las facultades conferidas en la ley en los artículos 478 y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA procedente en Derecho la solicitud de la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE CONFINAMIENTO, y en consecuencia, Acuerda CONMUTAR LA PENA PRINCIPAL FALTANTE EN CONFINAMIENTO, al penado, GELVIS JOSE MOVIL PLATA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 17-12-89, de 19 años de edad, de Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Estudiante, titular de la cedula de identidad N° V-18.733.624, hijo de CELIA CARLOTA PLATA TORRES y de GELVIS MOVIL, residenciado en el Barrio la Revancha, Calle 79P.....