DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL, AUDIENCIAS, Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, DEL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: UNICA: SE DECLARA INADMISIBLE la QUERELLA ACUSATORIA propuesta por la ciudadana: MILDRED ELENA MARQUEZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-10.453.030, de profesión Licenciada en Enfermería, domiciliada en la Parroquia Idelfonso Vásquez, Municipio Maracaibo del Estado Zulia;, asistida debidamente por la Abogada ILEANA PACHECO RIVAS, venezolano, titular de la cédula de de identidad N° V.-6.814.158, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 185.366, en donde Propone formal QUERELLA en contra de los Ciudadano: PEDRO NORBERTO PALMAR PALMAR, venezolano, mayor de edad, titu.....