DISPOSITIVAS.
De conformidad con lo aquí expuesto en el desarrollo de esta exposición de Sentencia, recogiendo los fundamentos de hecho y de derecho antes dicho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONDENA, a los ciudadanos ANDRES QUINTERO PARADA, colombiano, natural de Tibú, Norte de Santander, fecha de nacimiento 15-06-76, de 27 años de edad, soltero, Agricultor, titular de la cedula de ciudadanía 88.177.043, hijo de José Maria Quintero (d) y de Alicia Parada Espinel, residenciado en Sector Río Culebra, parte alta, vía Caja Seca, Estado Mérida, por la comisión del delito de SECUESTRO, ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 462, 460 y 278 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos LUIS ANGEL MORALES MEDINA y LUIS ANGEL MORALES GUTIERREZ, y condena al referido imputado a .....