Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, BETIVEL MARGARITA BRAVO LEÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.134.710, domiciliada en la calle Padilla, casa Nro. 27, de la población y Parroquia Encontrados del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y JUZNAN ENRIQUE BARRIENTOS HERNÁNDEZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.136.458, domiciliado en la Urb. Las Madrinas, de la población y Parroquia Encontrados del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, dándole el carácter de cosa juzgada y ordenándose .....