Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida relativa al estado civil, de nacimiento intentada por la ciudadana PAOLA VANESSA BRACHO DE LA CRUZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 18.311.258, domiciliada en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, a favor de su hija, la niña ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de once (11) años de edad, insertada bajo el N° 225, del año 2004 del libro de Registro Civil de nacimientos original que consta en la Unidad de Registro Civil del municipio Santa Rita del Estado Zulia y su duplicado que se encuentra en la Oficina de Registro Público del Estado Zulia; particípese por oficio. O.....