Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ADMITE PARCIALEMENTE, la acusación interpuesta por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público, con sede en Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, de conformidad a lo establecido en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano LEANDRY ORLANDO SUAREZ NAVA, Venezolano, natural de Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, nació el 18-11-1.984, de 22 años de edad, soltero, pintor, titular de la cédula de identidad N° 18.043.050, hijo de Noe Suárez y de Hermencia Suárez, residenciado en Nueva Bolivia, vía Torondoy, sector Valle Grande, frente a la Urbanización Vista Hermosa, casa s/n, Municipio Tulio Febres Cordero, Estado Mérida, a quien lo acusa por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, cometido en per.....