DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud que encabeza las actas procesales de este asunto y que fue presentada por los Ciudadanos DILIO ANGEL PÉREZ CHOURIO y KARINA DEL VALLE VALBUENA DE PÉREZ.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO el VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha trece (13) de marzo del año mil novecientos noventa y tres (1993) por los ciudadanos DILIO ANGEL PÉREZ CHOURIO y KARINA DEL VALLE VALBUENA DE PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-12.100.518 y V-12.622.913, en su orden, el cual fue celebrado por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia El Carmelo de.....