Este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos ALIRIO RAMON URDANETA y ESMEIRA LUCÍA FINOL GONZALEZ, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 22 de diciembre de 1984, por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente del Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, Acta No. 242