Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al acusado YOANDRI JOSÉ REVEROL GONZÁLEZ, natural de Maracaibo Estado Zulia, nacido el 25-09-85, Indocumentado, de 19 años de edad, hijo de ODALIS GONZÁLEZ y ALEXIS REVEROL, residenciado en Santa Fe II, calle 20, Nro. 11-85, Municipio San Francisco Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS y CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por ser autor en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo antes 460 ahora 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARTA HERNÁNDEZ y EL ORDEN PUBLICO, pena que han de cumplir en el establecimiento penitenciario que determine el Juez de Ejecución que corresponda conocer de la presente causa, todo de conformidad con lo previsto en los articulo 2, 26,257 de la .....