este Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE. PRIMERO: Admite totalmente la Acusación formulada por la Abogada YENNYS DIAZ MARTINEZ, en su condición de Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra del ciudadano LUIS GERARDO VERA LAZO, quien dijo ser de nacionalidad colombiana, natural de Cúcuta, Norte de Santander de la República de Colombia, de 45 años de edad, nació el 29-11-1962, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-83.157.011, hijo de Rafael Alonso Lazo y de Ana Maria Vera, y residenciado en una finca sin nombre, ubicada en el Km. 40 vía El Guayabo, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado.....