En el día hábil de hoy,8 de Febrero de 2007, siendo las 9:34 AM, oportunidad anticipada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JHONNY LOBO MACHADO y ÁNGEL JIMÉNEZ MORÓN y COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistido el demandante por su apoderada judicial abogada María Alejandra Barroso y las abogadas Ailie Vitoria, Eugenia Briceño y Carmen Diíaz representando la demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada le cancela al ciudadano Jhonny Lobo la cantidad doce millones ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres bolívares (Bs.12.833.333,00), en cheque de la cuenta corriente de Coca Cola FEMSA de Venezuela, S.A. N° 0114 0150 37 1500335439, cheque N° 73062566, a la orden de Jhonny Lobo, con la mención no endosable; Asimismo le cancela al ciudadano Á.....