Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en el RECURSO DE INVALIDACIÓN surgido en el juicio de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesto dicho recurso por el ciudadano JUAN CARLOS RUIZ, contra la sentencia proferida por este Juzgado en fecha 08 de marzo de 2022, declara:
ÚNICO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la caducidad de la acción, interpuesta la parte demandada en el presente Recurso de Invalidación, de conformidad con los argumentos explanados en la parte motiva de este fallo.
Se condena en costas a la parte demandada del presente recurso de invalidación por haber resultado vencida en la presente incidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....