Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el profesional del derecho ATILANO BARROSO, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 46.461, titular de la cédula de identidad No. 7.833.855, actuando como apoderado judicial de la parte demandante ciudadano MIGUEL ÁNGEL ARANDA MUOIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.707.493, en juicio que por DESALOJO, intentó en contra de los ciudadanos MANUEL ANTONIO SEGOVIA y EMILIA CORONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.-751.617 y 4.989.647; en contra de la decisión dictada en fecha 21 de Febrero de 2005, por el Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Cir.....