En el día hábil de hoy, ocho (08) de noviembre de dos mil dieciséis (2.016), siendo las 09:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de Apertura, este Tribunal deja constancia de la no comparecencia de la parte oferente ni de la parte oferida, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno a la Audiencia Preliminar, ahora bien se observa de acta que la presente causa ésta referida a una Oferta Real de Pago de Prestaciones Sociales, realizada por la Sociedad Mercantil INDUSTRIA LACTEA TORONDOY C.A (INLATOCA), a favor de el ciudadano NARVIS EDUARDO OSORIO FARIA, en su condición de parte oferida, ante tal situación ésta Instancia en aras de salvaguardar los derechos de las partes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por cuanto la misma ésta dirigida a unas cantidades de dineros por pago de Prestaciones Sociales, decide no dar por extinguido ni term.....