Se inició la presente causa en fecha seis (6) de Diciembre de 2016, mediante demanda por Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana YOHANA RAMONA SANCHEZ ROSALES, titular de la cédula de identidad N° 19.205.492 en contra de la sociedad mercantil U.E. SAN ONOFRE.
En fecha trece de (13) de Diciembre de 2016 dicha demanda fue recibida por este Tribunal Octavo y ese mismo día es decir el 13/12/16 el Tribunal dictó auto y boleta de notificación por medio del cual se ordeno a la demandante subsanar el libelo de la demanda, en ese sentido se le ordeno indicar con claridad y precisión siguiente: 1) El cálculo de la antigüedad conforme al tiempo de servicio, incluyendo la operación matemática y su resultado; 2) El cálculo del bono vacacional y vacaciones, incluyendo operación matemática y su resultado; 3) Hacer el cálculo en el concepto de Utilidades, incluyendo la operación matemática y su resultado; 4) Especificar los días de bono de alimentación que reclama.
Ahora bien, en fecha si.....