En tal sentido, cumplirá la pena principal, el día 02-10-2007, ya cumplió una cuarta (1/4) parte de la pena, una tercera (1/3) parte de la pena, la mitad (1/2) de la pena, las dos terceras (2/3) partes y las tres cuartas (3/4) partes, y cumplirá la sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por ¼ parte de la pena, desde que esta termine, el 02-06-2011. Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese la presente decisión y remítase copia certificada del mismo a la Cárcel Nacional de Maracaibo, solicitando en dicho Oficio el traslado del penado de actas, para el día 14-08-07, a objeto de notificarlo del cómputo. Notifíquese a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público y a la defensa.
EL JUEZ TERCERO DE EJECUCION,
DR. JESÚS ENRIQUE RINCON
EL SECRETARIO,
ABOG. RÓMULO GARCIA
En la misma fecha la presente decisión quedó registrada bajo el No.534-07 y se oficio bajo los N° 417.....