DISPOSITIVO
Por los Fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el ciudadano WILLIAM JOSÉ GUTIÉRREZ, y la demandada DISTRIBUIDORA HAMAD, C.A., todos plenamente identificadas en las actas procesales, por la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES (BS.60.000,oo), que serán cancelados de la forma siguiente: La cantidad de CUARENTA MIL (BS.40.000,oo) el día 11 de agosto de 2010, y la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.20.000,oo) el día 28 de septiembre de 2010, en cheques de gerencia a nombre del trabajador
SEGUNDO: Cosa juzgada este juicio.
TERCERO: El Tribunal se abstiene de remitir el .....