DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de aclaratoria de sentencia incoada por el profesional del BENITO VALECILLOS, en el juicio que sigue la ciudadana MILDRED BRICEÑO en contra de la empresa INVERSIONES RECREATIVAS OCCIDENTE, C.A; quedando redactado el punto cuya aclaratoria se solicitó de la forma siguiente:
SEGUNDO: Téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia ya publicada, en fecha 3 DE MAYO DE 2010, signada con el numero PJ071201000054
TERCERO: No se condena en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Octavo de Pr.....