Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: ACUERDA AMPLIAR EL PLAZO DE PRUEBA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR UN AÑO MÁS, al ciudadano: HERVIN ALFONSO SOTO AGUILAR, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 09-08-69, de 41 años de edad, Titular de Cédula de Identidad Nº V.- 11.391.997, Casado, de profesión u oficio Chofer, domiciliado en el Sierra Maestra, Av.11 con Calle 12, Casa 12-65, San Francisco, estado Zulia, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos: 42 y 41 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, donde resultó víctima la ciudadana DEIBY AYENIS GONZALEZ ARANDA, de conformidad con el artículo.....