Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara el Sobreseimiento de la causa penal N° C02-25.879-2012, a favor del ciudadano LEONARDO ALBERTO REMOLINA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, nacido en fecha 06/12/1982, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.990.199, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de padre desconocido y de Mercedes Remolina, y residenciado en el Sector 13 de Abril, segunda calle, casa Nº 25, detrás del Hospital I, primera entrada, al lado de la bodega de la hermana María Remolina, Caja Seca, parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Sucre del estado Zulia, teléfono de contacto 04247706148, por los .....