Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la procedencia del SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, por Extinción de la Acción Penal, en la causa seguida contra el adolescente DAVID JOSE HERRERA LOPEZ, plenamente identificado en las Actas del proceso, como venezolano, titular de la Cédula de Identidad No.18.918.527, soltero, de 18 años de edad a la presente fecha, nacido en fecha 10 de Agosto del año 1986, hijo de JANETH JOSEFINA LOPEZ (V) DAVID ANTONIO HERRERA PERTU (V), residenciado en el Sector Los Postes Negro, Callejón San Isidro, casa 9.90, cerca de la panadería Las Tres Reinas, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. en la causa que se le sigue por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMA.....