DECLARA:
a) CON LUGAR, la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos, en Divorcio requerida por los ciudadanos ALEXANDER JOSE CARRASQUERO CARRUYO y ANA ISABEL URDANETA PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.829.402 y 15.938.855, respectivamente.-
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha tres (03) de Agosto de 2.002, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio No. 177 expedida por la mencionada autoridad. ASÍ SE DECIDE.-
No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del proceso.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.