Por todo lo anteriormente expuesto ESTE JUZGADO CUARTO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 2° del Ministerio Público, en contra del acusado GRISMARDO ENRIQUE RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previstos y sancionados en los artículos 42 segundo aparte con la agravante del articulo 68, ordinal 4to de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana: E.M.E.G., de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 Ordinal 2° del COPP SEGUNDO: SE ADMITEN todas y cada una de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público y se dan por reproducidas. TERCERO: Una vez admitida la acusación, este Tr.....