PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de auto interpuesto por la profesional del derecho ZUGLENY PRADO FUENMAYOR, Defensora Pública Vigésima Cuarta Penal Ordinario, adscrita a la Defensoría Publica del estado Zulia, en su carácter de defensora de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO REYES VILLALOBOS, portador de la cédula de identidad N° 14.138.884 y LUIS ANTONIO FRANCO INFANTE, portador de la cédula de identidad N° 18.426.650, en contra de la decisión Nº 1043-2017, de fecha 03 de Octubre de 2017, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control con competencia Funcional Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.