Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por los Ciudadanos, MARIA CONCEPCION COLMENARES , Venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad No-V-9.761.121 , asistido en este acto por la abogada en ejercicio NEUSKA ACOSTA, Venezolana , mayor de edad e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 113.402, por una parte y por la otra la abogada BETTY ALVAREZ DE HOSEIN, abogada , quien es mayor de edad , e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 13940 , actuando en este acto en condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil PROTECCION COMPAÑÍA ANONIMA, (PROTECA) , C.A. Donde le cancela a la EXTRABAJADORA :: MARIA CONCEPCION COLMENARES, la cantidad de SETENTE Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON DOS CENTIMOS ( B.....