DISPOSITIVO DEL FALLO
En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
1) LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES INMUEBLES: Sobre un inmueble conformado por una vivienda distinguido con el Nº 205E-07, y la parcela de terreno donde se encuentra constituida identificada con el Nº 197, ubicada en el Desarrollo Habitacional Soler, lote 6, Manzana 10, entre calles 205E y 205G, avenida 47B, Parroquia Los Cortijos del Municipio San Francisco del Estado Zulia, con parcela de terreno de con superficie de 189,78 mts2, con los siguientes linderos: NORTE: mide 21,34 mts2, y linda con la calle 205E; SUR: 21,30 mts2, y linda con la parcela Nº 212; ESTE: 8,90 mts2 y linda con la parcela Nº 198; y OESTE: 8,.....