PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a. SIN LUGAR las Cuestiones Previas contenidas en los artículos 346 ordinales 1º y 8º del Código de Procedimiento Civil, seguido por ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio- Juez Unipersonal Nº 1, la SOCIEDAD MERCANTIL C.A. SEGUROS CATATUMBO e INVERSIONES MARCONI C.A, y el ciudadano JEAN CARLOS MANZANO PORTILLO en el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, intentado en su contra por la ciudadana MARIA EUGENIA HUERTA, antes identificados;
b. Se insta a la parte actora a subsanar el Poder autenticado en la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Miranda del Estado Zulia, en fecha 05 de febr.....