|
|
|
|
|
|
Decisiones del dia 14/01/2013 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
VP02-S-2012-009781
|
N° Sentencia :
054-13
|
Fecha: 14/01/2013 |
Procedimiento: Sin Efecto Orden De Aprehensión |
Partes: YOLGER DE JESUS MONTIEL JARDINES |
Resumen:
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO la ORDEN DE APREHENSION que pesa sobre el ciudadano YOLGER DE JESUS MONTIEL JARDINES, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 27-10-1987, titular de la cédula de identidad No V-18.724.097, de 23 años de edad, de profesión u oficio Comerciante; hijo de los ciudadanos GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON Y YOLIMA DEL CARMEN JARDINEZ BRACHO, con residencia en el Barrio Negro Primero, Avenida 7, Casa No. 29-100, cerca de la Iglesia evangelica DIOS Proveera; Municipio San Francisco del Estado Zulia,. SEGUNDO: Oficiar al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, a los fines de informar lo decidido en esta resolución. TERCERO: Se ORDENA DEJA R SIN EFECTO LA ORDEN DE APREHENSIÓN DECRETADA EN FECHA 22-0.....
|
Juez/Ponente:
José Leonardo Labrador Ballestero
|
Organo:
Tribunal Primero en Funciones de Control con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer
|
N° Expediente :
11820
|
N° Sentencia :
007
|
Fecha: 14/01/2013 |
Procedimiento: Querella Interdictal Restitutoria |
Partes: WILIAM ANTONIO NAVA FINOL VS ZULIA INDUSTRIAL CONSTRUCCIONES C.A. |
Resumen:
En consecuencia, dada la obligación e impretermitible cumplimiento de las disposiciones de esta novísima Ley, en lo que se refiere a la Ejecución del Decreto Restitutorio Provisional, que da inicio a esta litis, conforme al derogado Código Procedimental, se acuerda: La notificación de las partes, o de sus apoderados judiciales, a los fines de que transcurra el término de reanudación de la causa, acordada en el Punto Primero de esta Interlocutoria.
Cumplida la reanudación de la causa, este Organo Jurisdiccional, se pronunciará sobre el plazo obligatorio de suspensión de la causa, y demás previsiones de que trata los artículos 12 y siguientes del mismo Decreto Ley. Así se decide.
|
Juez/Ponente:
María Cristina Morales
|
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
|
N° Expediente :
SOL.1462
|
N° Sentencia :
3
|
Fecha: 14/01/2013 |
Procedimiento: Declaracion De Unicos Y Universales Herederos |
Partes: NOVOA BLANCHARD, LEONARDO ANDRÉS |
Resumen:
Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por el solicitante, este Juzgado dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos de la causante ROSALINDA CHIQUINQUIRÁ BLANCHARD NAVA, a los ciudadanos LEONARDO ANDRÉS NOVOA BLANCHARD, ARIANA MA SAIM NOVOA BLANCHARD y LEONARDO ALBERTO NOVOA MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 20.834.776, 20.280.119 y 5.171.138, respectivamente. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original a la solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir por Secretaría las seis (6) copias certificadas solicitadas. Expídase
|
Juez/Ponente:
Xiomara Reyes
|
Organo:
Juzgado Quinto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
|
N° Expediente :
SOL.1461
|
N° Sentencia :
2
|
Fecha: 14/01/2013 |
Procedimiento: Declaracion De Unicos Y Universales Herederos |
Partes: ARANAGA CEPEDA, YUSENIA BEATRIZ |
Resumen:
Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, este Juzgado dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos de la causante YOHANKA BEATRIZ CUBILLAN ARANAGA, a los ciudadanos YUSENIA BEATRIZ ARANAGA CEPEDA y GEOVANNY RAMON CUBILLAN OMAÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.305.630 y 7.900.914, respectivamente. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original a la solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir por Secretaría las tres (3) copias certificadas solicitadas. Expídase
|
Juez/Ponente:
Xiomara Reyes
|
Organo:
Juzgado Quinto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
|
|
|
|
|