DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Que en la solicitud de Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento contenida en estos autos propuesta por los ciudadanos ANABEL CRISTINA BARBOZA ARAUJO y DIXÓN RAFAEL PÉREZ PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-17.634.531 y V-16.365.800, en su orden, se configuró la Pérdida de Interés de los peticionantes, en consecuencia, se da por terminado el trámite y se ordena el archivo del expediente.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada del presente fallo por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los ordinales 3º y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica.....