Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
¿ Extinguido el régimen de niñez y/o adolescencia del (de los) ciudadano(s): 00000
¿ Terminado el presente procedimiento contentivo de Consignación de Cheque por Muerte, se inició por solicitud suscrita por la adolescente 00000, titular de la cédula de identidad No. V- 16.848.811, en beneficio de su persona y de las niñas y/o adolescentes 0000
¿ Ordena el cierre y el archivo del expediente, así como la devolución de los documentos originales consignados. Así se decide.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juez Unipersonal No. 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia,.....