Vista la diligencia de fecha cinco (5) de Junio de 2007, presentada por la ciudadana María Gabriela Sandrea Fereira, titular de la cédula de identidad N° 15.061.306 en su carácter de parte actora asistida por la abogada en ejercicio Tamara Bonaccorso, inpreabogado N° 77.135, mediante la cual Desisten del procedimiento en contra de la Fundación para la Infraestructura de la Planta Física Educativa del Estado Zulia (FUNDAEDUCA), en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.