PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por la abogada CELINA TERÁN CAMARGO, en su carácter de Fiscal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, contra la decisión Nº 616-2018, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de fecha 30 de agosto de 2018.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.