Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el sobreseimiento en la presente causa, instruida contra el ciudadano PEDRO JOSE CAÑIZALES, venezolano, mayor de edad, residenciado en Villa Dolores, calle principal, casa S/N, Municipio Sucre del Estado Zulia, por la comisión del delito LESIONES CULPOSAS DE CARÁCTER GRAVE, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal de Venezuela, antes artículo 417, en perjuicio del ciudadano JOHAN IGNACIO RONDON PERDOMO, quedando en consecuencia extinguida la acción penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, numeral 8 eiusdem, y en relación con el artículo 108, numer.....