Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMACIÓN, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado JOSÉ ALEXANDER FINOL, quien refiere actuar con el carácter de "DEFENSOR PRIVADO" del ciudadano ALEJANDRO MAURICIO LUGO ESCOBAR, en contra de la Sentencia Nro. 63, dictada en fecha 16 de octubre de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, de conformidad con lo previsto en los artículos 156 y 428 literal "a" del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a.....