Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.- SIN LUGAR, la defensa referente a la caducidad de la acción, opuesta por los co-demandados de autos, en sus escritos de contestación a la demanda de fecha quince (15) de enero de 2001.
2.- SIN LUGAR la demanda que por SIMULACIÓN intentara el ciudadano JOSÉ WILMER RUIZ ROA en contra de la sociedad mercantil "FARMACIA EL CARMEN, COMPAÑÍA ANÓNIMA", y los ciudadanos ELIZABETH RUIZ PERDOMO, ATILANA DEL CARMEN PERDOMO ROJAS, JOSÉ RICARDO RUIZ RODRÍGUEZ, OSCAR DE JESÚS PERDOMO, HAYDEE DEL CARMEN RUIZ PERDOMO, MARLENE RUIZ PERDOMO, y JOSÉ LEONARDO RUIZ PERDOMO, ya identificados, en la parte narrativa de este fallo.